Normativa entrada en vigor que prohíbe a los menores de 12 años con una altura de hasta 1,35 metros utilizar la plaza del copiloto...

Los niños deben viajar en los asientos traseros

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  (Tráfico aconseja que las sillas infantiles se coloquen detrás en la posición central con sistemas de anclaje homologados.)

Solo podrán viajar en el asiento del copiloto si el coche es biplaza o si los asientos traseros ya estan ocupados por otros menores en sillitas.

A partir del 1 de octubre los menores tienen prohibido viajar en el lugar del copiloto en los coches particulares. Según la Dirección General de Tráfico, numerosos estudios han demostrado que el asiento ubicado junto al del conductor es el más peligroso. En cambio, el más seguro es el asiento central de la parte trasera, ya que es la zona que queda más protegida en caso de colisión lateral.

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Así pues, «con la finalidad de reducir la gravedad de las lesiones que pudieran sufrir en caso de accidente» según el Real Decreto que modifica el artículo 117 del Reglamento General de Circulación, los menores que miden hasta 1,35 metros tienen que ir obligatoriamente en los asientos traseros del vehículo y, además, siempre en un sistema de retención infantil (SRI), adaptado su peso y altura. Estos sistemas pueden ser sillas con arnés y elevadores con y sin respaldo.

La manera de fijar los SRI a los asientos del vehículo es mediante el cinturón de seguridad, o el sistema Isofix, que se compone de tres puntos: dos situados entre el respaldo y el asiento del coche, y uno por la parte trasera para evitar que la silla rote.

La importancia de anclar bien la sillita al asiento, lo que evitaría una proyección delantera del menor en caso de choque. La mala colocación de estos sistemas de seguridad llega a cuadruplicar el riesgo de muerte.

Aunque la medida es obligatoria para los menores que miden 1,35 m., estas normas de seguridad son recomendables hasta que midan metro y medio, y también es más seguro colocar las sillitas en contra del sentido de la circulación, hasta los 4 años.

La DGT explica que el uso de las sillitas reduce en un 75 % las muertes, y en un 90 % las lesiones, que frecuentemente son de cuello (hasta los 2 años), de cabeza (entre los 2 y los 4 años), y de abdomen (de 4 a 10 añ0s). En 2014, dos de los 14 menores de 12 años fallecidos que viajaban en turismo o furgoneta no llevaban ningún dispositivo de seguridad en el momento del accidente. Tampoco nueve de los 82 heridos graves, ni 107 de los 2.724 heridos leves.

EXCEPCIONES:


Un menor podrá ir en el asiento delantero de forma excepcional cuando:

1. El coche no disponga de plazas traseras. (BIPLAZA)

2. Cuando todos los asientos de la parte posterior ya estén ocupados por otros menores.

3. Si no se pueden instalar estos sistemas en la parte de detrás por las características del vehículo (modelos antiguos, por ejemplo).

 

Al Real Decreto que se aprobó el 17 de julio hay que sumar las normativas europeas ya en vigor, que continuarán siendo válidas. Por un lado, la norma ECER44/04 que homologa las sillitas y las divide en diferentes grupos; y la i-Size, que se aplica desde 2013, y mejora la seguridad frente a impactos en colisiones laterales y frontales.

En esta guía puedes consultar los diferentes grupos en función de la talla y el peso de tu hijo.

http://www.mrplinton.com/dgt/#!grupos

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Desde la DGT han creado la guía «Siempre seguros, siempre protegidos, siempre en su sillita» y recuerdan que la seguridad vial infantil ya empieza en el embarazo de la madre (que debe llevar el cinturón a la cadera,, y entre el pecho, nunca por encima de la barriga), y en el primer viaje tras salir del hospital, cuando el bebé ya debe viajar en sillita.

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